DERECHOS Y TORCIDOS CONSTITUCIONALES

                    

           

                   
                                          
              

 Linjuria (art. 208 del Código Penal) o lo que es lo mismo, “la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”. 
La calumnia (art. 205 del Código Penal), que es “la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”).

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22-2-2021

Uno entiende que, a veces, el ejercicio de un derecho fundamental es a costa de la limitación de otro de la misma consideración constitucional. Así que uno de ellos sale ganando. En la tragicomedia que se está viviendo, en que ejercer el derecho a la libre expresión se traduce en violencia y saqueo, ya no es que un derecho limite a otro, es que pisotea a  varios de sus iguales.

Tengo para mí que nuestra sufrida, manipulada, degradada y humillada Constitución considera y etiqueta los derechos con distinto tratamiento, utilizando verbos distintos para, se supone, distinguir su tratamiento y grado de defensa por los poderes públicos. Veamos cómo se inician los enunciados de algunos artículos que recogen  los numerosos derechos que aparecen en nuestra ley de leyes:

* Toda persona TIENE  derecho a la libertad y a la seguridad…

* Los ciudadanos TIENEN  el derecho a participar en los asuntos públicos…

* Todos TIENEN el derecho a la educación…

* SE RECONOCE el derecho de reunión pacífica y sin armas…

* SE RECONOCE  el derecho a la propiedad privada y a la herencia…

Hay que fijarse en los verbos que emplearon los redactores para expresar algunos derechos: tener, reconocer y proteger. Y comparemos esos derechos  con otros en los que, aunque se supone que gozan del mismo reconocimiento y protección, sin embargo, los padres de nuestra Constitución prefirieron utilizar el verbo garantizar. ¿Por qué lo decidirían así? Ejemplos:

Art.16.1. SE GARANTIZA  la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades…

Art. 27.3. Los poderes públicos GARANTIZAN el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. (Nuestros gobernantes han dicho que esa garantía ha caducado).

Pero el gran conflicto que estamos viviendo se está dando entre estos dos:

Art.20. 1. SE RECONOCE Y PROTEGE el derecho:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción… (El tan exaltado, endiosado y encumbrado DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN).

Art.18.1. SE GARANTIZA  el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. (Derecho pisoteado sin compasión en altavoces mediáticos).

Termino con una pregunta que le hago al invisible sentido común: "Oye, sentido común, entre un derecho otorgado, reconocido y protegido y uno garantizado, ¿cuál crees que debe prevalecer en caso de abierto enfrentamiento?" No oigo nada… Ni siquiera me dice que por orden de aparición el artículo 18 va antes que el 20.

En fin, son muchos los calendarios que he vivido, lo que me permite distinguir y comparar épocas. Y puedo afirmar y afirmo que ni viví una dictadura plena ni estoy viviendo una democracia plena, adjetivo que debería quemarles en la boca a tantos políticos. En ninguno de esos regímenes he sentido que se me respetaban plenamente mis derechos como persona. Y si la dignidad de una persona no está por encima de todo..., apaga y vámonos. Ya se le puede a cualquier político llenar la boca de la palabra democracia.

Por cierto: nuestra Constitución no garantiza ni el trabajo, que se dice dignifica al ser humano, ni una vivienda que le dé cobijo. Para mí, España es en estos momentos un sainete y malo.

Hasta otro día

Juanma




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